SAT| sobre impuestos y declaraciones fiscales

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Hemos observado diversos cambios que se han realizado en la reforma fiscal. Esto ha traído diversos beneficios que, sin duda, harán del pago de impuestos una experiencia distinta.

Por lo general, la fecha límite para mandar la declaración anual es el 31 de marzo, pero como este año cae en sábado se recorre al siguiente día hábil, el lunes 2 de abril.

Tipos de impuestos

En nuestro país existen diferentes tipos de impuestos. Como ciudadanos tenemos la obligación de pagarlos. Estos son algunos de los impuestos con los que contamos en nuestro país:

 

  • ISR (Impuesto Sobre la Renta). Este impuesto se aplica a los ingresos y bienes adquiridos. Esto con el fin de conocer la procedencia de ese dinero.
  • IVA (Impuesto al Valor Agregado). Este impuesto se paga por el valor que se le otorga a un producto o servicio adquirido.
  • Impuesto sobre nóminas. Este impuesto es estatal. Se obtiene por la realización de pagos de dinero por un trabajo realizado o por concepto de remuneraciones de trabajo.
  • Impuesto al Activo. Este impuesto nace para las empresas que reportan bpérdidas en periodos prolongados. Puede ser recuperado cuando, dichas empresas, obtengan utilidades en futuros ejercicios.
  • IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios).
    Este impuesto se paga por la producción, venta o importación de gasolinas, alcoholes, cervezas y tabacos.
  • ISAN (Impuesto Sobre Automóviles Nuevos). Este impuesto especial se refiere al consumo que grava la enajenación de automóviles nuevos de producción nacional o a la importación de automóviles cuyo año sea correspondiente al año del modelo en que se efectúa la importación o a los 10 años modelo inmediatos anteriores.
  • Otras contribuciones (aportaciones del seguro social, contribuciones de mejoras, derechos, aprovechamientos, accesorios de aprovechamientos y productos).

Fechas Límite

Fechas límites para realizar el pago de las declaraciones. Hay que recordar que estas declaraciones no son para todos.
Se tiene que verificar cuales son las obligaciones del régimen fiscal:

 

  • Declaraciones mensuales: los días 17 de cada mes.
  • Declaraciones anuales: si eres persona física, durante el mes de abril. Si eres persona moral, será 3 meses después del cierre del ejercicio.
  • Declaraciones informativas: La DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) la debes presentar al siguiente mes del que corresponda.
  • Declaraciones Bimestrales: Enero-febrero en marzo, marzo-abril en mayo, mayo-junio en julio, julio-agosto en septiembre, septiembre-octubre en noviembre, noviembre-diciembre en enero.

Pasos a Seguir para el SAT

Para el pago de las declaraciones mensuales se debe generar la línea de captura que te proporciona el SAT. Esto lo harás siguiendo estos sencillos pasos:

 

  • Primer paso: ingresar a la página del SAT en la sección «Trámites».
  • En esa sección deberás entrar a Declaraciones: Provisionales o definitivas: Mensuales.
  • En esta sección indicarás la periodicidad, el ejercicio fiscal en el que te encuentras, el tipo de declaración que realizarás y el periodo que estas por pagar.
  • Ingresa los datos que te solicita el sistema.
  • Envía la declaración al SAT, el cual, te regresara un acuse de recibo. El acuse de recibo tendrá una línea de captura con el importe del pago.

 

Declaraciones Anuales

 

En el caso de las declaraciones anuales, lo primero que se debe verificar es si eres apto para presentar tu declaración anual. Si eres persona física o moral y tus ingresos provienen de:

 

  • Salarios por servicios subordinados.
  • Actividades profesionales.
  • Adquisición de intereses.
  • Por haber ganado un premio.
  • Enajenación de bienes.
  • Dividendos repartidos por personas morales.

 

Declaración Anual – Pasos a Seguir

 

Entonces tienes la obligación de presentar tu declaración anual. La cual realizarás directamente de la página del SAT, siguiendo estos sencillos pasos:

 

  • Entra a la página del SAT en la sección de «Trámites».
  • Seleccionar la pestaña «Declaraciones» «Anuales».
  • Deberás escoger que tipo de declaración anual vas a realizar.
  • Ingresa tu RFC y tu contraseña.
  • Llena los datos que te solicita el SAT, ingresos, retenciones, deducciones.
  • Firma digitalmente tu declaración y envíala al SAT. Recuerda que si tuviste un saldo a favor, este se te regresará en 5 días hábiles. De lo contrario realiza tu pago por Internet a través del portal del banco autorizado.

¿Y el DIOT?

Con respecto a la DIOT, podrás generar la información que necesitas, directamente de la página del SAT. Se deberá llenar el formato electrónico A-29 que está disponible en dicha página. Una vez llenado el formato deberás enviarlo al SAT. Ellos generar tu pago con la línea de captura la cual realizarás en Internet con el banco autorizado.

 

Las declaraciones fiscales en México no son para todos. Debes conocer las obligaciones que tiene el régimen fiscal al cual estés inscrito:

 

Solo las personas que están inscritos en el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal) pueden realizar las declaraciones bimestrales. Las cuales podrás realizar en la página del SAT, en el apartado «Mis declaraciones» «Mis cuentas». Ahí se ingresan los datos que te solicita el sistema. Se generará una línea de captura para que puedas realizar el pago. En este régimen no es necesario que presentes la declaración anual.

 

Fuente: ClickBalance